Page 12 - Código de Ética
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CODIGO DE ETICA INSTITUCIONAL
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razón de la actividad que desarrolla y cuya realización implica la omisión de sus deberes legales, contractuales o
morales a los que se encuentra sujeto. Este tema ha sido desarrollado en la Política Manejo Conflicto de Interés,
2-200-6 versión 1, Aprobada por Junta Directiva en Acta N° 21, Acuerdo N° 21 de fecha 07 de junio de 2022

10. NORMAS DE CONDUCTA
Las normas de conducta comprenden las reglas generales que la Junta Directiva, Gerencias, encargados de
áreas y demás personal deberán adoptar en las relaciones con los clientes, compañeros de trabajo, proveedores,
accionistas, instituciones gubernamentales, competidores, y otros, basados en el respeto a sus derechos y en la
búsqueda de soluciones que atiendan a sus intereses en concordancia con los objetivos del desarrollo y
rentabilidad de la institución, así como el debido respeto a las leyes del país y a las normas emitidas por los
organismos supervisores y fiscalizadores de la Entidad. Se debe brindar una atención a los clientes caracterizada
por la cortesía, eficiencia y amabilidad, ofreciendo informaciones claras, precisas y transparentes. El cliente
deberá tener respuesta, aun cuando fueran negativas a sus solicitudes, en forma adecuada y dentro del plazo
esperado por el mismo.

Las normas de actuación estarán enmarcadas en los siguientes extractos:

    • Relaciones con los Accionistas y/o Socios.
Las relaciones con los accionistas y socios se deberán basar en la comunicación, clara, transparente y oportuna
de información, que les permita acompañar las actividades y el desempeño de la institución, así como la
búsqueda de resultados que produzcan impactos positivos en el valor de mercado de la misma.

    • Relaciones en el ambiente de trabajo.
Las relaciones en el ámbito de trabajo se deben enmarcar por la cortesía y respeto con espíritu de colaboración
para fomentar en equipos de trabajo, la lealtad, la confianza, la conducta compatible con los valores de la
institución.

Al desempeñar una función de supervisión, jefatura o gerencia, se debe tener en mente que sus empleados lo
tomaran como ejemplo. Sus acciones, por lo tanto, deberán contribuir a formar un modelo de conducta para su
equipo, no se admite el uso del cargo para solicitar favores o servicios personales a los subordinados.

Es fundamental reconocer el mérito de cada uno y fomentar la igualdad de acceso a las oportunidades de
desarrollo profesional existente, según las características, cualidades y contribuciones de cada funcionario. No se
admite ninguna decisión que afecte la carrera profesional de subordinados basada apenas en las relaciones
personales.

    • Relaciones con el sector público.
Se debe observar los más elevados estándares de honestidad e integridad en todos los contactos con las
instituciones públicas, evitando siempre que su conducta pueda parecer impropia. Abstenerse de manifestar
opinión sobre actos o actitudes de funcionarios públicos, al defender los intereses de la institución, se deberá
actuar con confianza en los estándares de actuación de nuestra entidad y observar siempre los más elevados
principios y respeto a las leyes y normas vigentes.

Página 12 de 21  FECHA DE VIGENCIA: 21/09/2022  APROBADO POR JUNTA DIRECTIVA
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